El SRI mediante Resolución No. NAC-DGERCGC23-000000023 resuelve que tanto los taxistas como los buses intracantonales e intraprovinciales deben emitir por lo menos una factura electrónica resumen al mes por el monto de sus actividades de transporte con la leyenda “CONSUMIDOR FINAL” sin límite en el monto, como sucede con los demás contribuyentes que tienen el límite de $50 para facturas emitidas a Consumidor Final.
También menciona que si el cliente solicita comprobante de venta, se deberá entregar el mismo indistintamente del monto y esta transacción no será incluida en la factura o nota de venta resumen.
Si deseas leer la Resolución completa, puedes descargarla en el siguiente botón:
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